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Lanús: Amplían las medidas de ayuda económica para Pymes y comercios afectados por las restricciones

Tal como sucedió en 2020, el Municipio de Lanús vuelve a lanzar medidas para contribuir a la continuidad en el funcionamiento de comercios y Pymes que se ven afectados por las nuevas restricciones. Las determinaciones tomadas por el Ejecutivo municipal apuntan directamente a descongestionar las presiones económicas generadas por el aislamiento y la disminución en las actividades de algunos rubros.

«Como municipio estamos apoyando desde donde podemos a las pymes y comercios locales afectados por la crisis, sobre todo a los locales gastronómicos que más están sufriendo esta parte de la pandemia», expresó Gindetti y agregó: «Necesitamos que el gobierno nacional vuelva a implementar los ATP para solventar el pago de parte de los sueldos de los trabajadores, hay que cuidar la salud y la economía al mismo tiempo. Las Pymes son el corazón productivo de nuestros barrios. Queremos defender el trabajo»

Según las nuevas medidas, se ampliará el Programa de Asistencia Tributaria de Emergencia para los contribuyentes, vecinos y vecinas de Lanús que vieron afectada su labor por la emergencia sanitaria, económica y financiera. En ese sentido, se eximirá del pago de la segunda cuota del ejercicio 2021 del Régimen Único de Comercios para Pequeños Contribuyentes (RUC), a todos aquellos contribuyentes que se encuentren registrados bajo este régimen.

Otras medidas son la eximición del pago del período anual 2021 de la Tasa correspondiente a Juegos de Esparcimiento y la eximición del pago del período anual 2021 de los Derechos a los espectáculos públicos.

Asimismo, se eximirá del pago completo del segundo semestre del año en curso de la tasa por uso de mesas, sillas y caballetes en el espacio público por parte de los comercios gastronómicos, más allá de la duración de las restricciones.

Por otra parte, quedan exentos del pago del 5° periodo 2021 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y las que se liquidan conjuntamente, los pequeños y medianos comercios habilitados en el distrito y en donde se realicen actividades comerciales (cafeterías, bares, restaurantes, pizzerías y/o empanadas, parrillas, comidas rápidas, heladerías, salones de fiesta, salones bailables, salones de entretenimiento y espacios grupales de mejoramiento personal).

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