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Buenos Aires

Moreno: Concejal presentó un proyecto para multar a quienes arrojen basura y prohibir la tracción a sangre

Martín Fraiz es concejal por Unidad Ciudadana de Moreno, quien a traves de un proyecto presentado al HCD de Moreno pretende que se multe a aquel ciudadano que arroje basura y prohibir la traccion a sangre. 

¿Cuales son los puntos del proyecto? 

ARTICULO 1°: Prohíbase en todo el territorio el Partido de Moreno la circulación de vehículos de Tracción a Sangre (T.A.S.) por semovientes, carros arrastrados/ tirados por locomotores, automotores, Zootropos o similares que transporten R.S.U. (Residuos Sólidos Urbanos) o asimilables, Residuos Comerciales, Residuos Industriales, Residuos Especiales, ramas, pasto, compost, restos de poda, restos de Tala, “desechos verdes” en general o asimilables y no se encuentren habilitados a tal fin.

ARTICULO2°: Serán responsables de lo antes referido quien genere el residuo, quien lo transporte, quien se beneficie de dicha actividad y quien le diera una disposición incorrecta o arrojase la misma en cualquier lugar que no fuere el formalmente determinado a tal fin.

ARTICULO 3°: La violación de los artículos anteriores, además de las penalidades ya establecidas, hará pasible al infractor/los infractores de una multa mínima equivalente a dos (2) módulos y se irá incrementando cuando se acredite la reincidencia en la falta según lo reglado por la Ord. 5640/16 o la Ordenanza que la suplante a futuro.

ARTICULO 4°: El Municipio quedará facultado, además de las penalidades ya establecidas, al decomiso e inutilización de los elementos utilizados para la comisión de la infracción. En caso de que el vehículo resultase uno que fuese de Tracción a Sangre (T.A.S.) se procederá al secuestro e inspección sanitaria del animal y se resolverá sobre su destino ya sea en forma provisoria o definitiva, dentro o fuera del Partido de Moreno. En caso de resolución favorable sobre su devolución al poseedor el mismo deberá presentar toda la documentación que acredite la propiedad del ejemplar más los certificados sanitarios pertinentes (Anemia, Vacunas, etc.). En todos los casos se tendrá especial observancia en el estado general de salud que presenten los animales. Se habilitará un registro donde se hará constar los datos característicos del animal (Tipo de animal, pelaje, si posee alguna seña característica, marca o identificación) número del acta labrada, datos del responsable, tenedor o propietario del animal. Igual carácter se tomara en los vehículos automotores, Zootropos o similares los cuales deberán presentar toda la documentación legal pertinente para la circulación.

ARTICULO 5°: Quedarán exceptuados de la presente Ordenanza los servicios de recolección de residuos que disponga la Municipalidad de Moreno, aquellos que se encuentren debidamente habilitados, aquellos que transporten materiales reciclables y que puedan demostrar fehacientemente que su destino final es la reutilización de los mismos y que se utilice como materias primas y se entreguen en lugares destinados a su reutilización o al reciclado y se encuentren habilitados. En todos los casos se entenderá que ante la imposibilidad de justificar su destino serán tenidos por residuos y pasibles de secuestro o decomiso según corresponda.

 

 

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