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Todo la información que tienen que saber las personas electrodependientes

Los usuarios y las usuarias electrodependientes tienen derecho a la salud y, si éste se viera afectado de cualquier manera, como puede ser por suspensión del suministro eléctrico, hay protocolos que garantizan la restitución de su derecho.

La ley Nº 27.351 establece la gratuidad del servicio eléctrico para los usuarios y las usuarias electrodependientes. Esto se debe a que necesitan un servicio de energía eléctrica que alimente de manera constante y con niveles de tensión adecuados los equipos eléctricos prescriptos por su médico ya que su vida depende de ello.

Por disposición de la norma legal mencionada, el beneficio aplica a todo ciudadano o ciudadana inscriptos en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS) administrado por el Ministerio de Salud de la Nación.

Esto implica que, cualquiera fuera la empresa proveedora de energía eléctrica (EDENOR o EDESUR) ésta deberá  otorgar el beneficio y reflejarlo en la factura de las personas usuarias. Además de obtener sin cargo el servicio de energía eléctrica, los inscriptos y las inscriptas en el RECS tienen derecho a recibir también el equipamiento que asegure una provisión de energía continua y estable en el caso de alteración del suministro regular.

Cabe informar que, por instrucción del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), ante reclamos por corte de suministro a quienes figuran inscriptos en el RECS, EDENOR y EDESUR tienen que cumplir con dos protocolos: el primero precisa el procedimiento de notificación y seguimiento de los reclamos reclamos y el segundo especifica las pautas para la gestión de las fuentes alternativas de energía.

En relación a lo expuesto, entonces, las personas que se encuentren afectadas ya sea por falta de gratuidad en el servicio o por corte de suministro, deberán efectuar un reclamo ante la distribuidora y, en caso de persistir los inconvenientes que perjudiquen la adecuada protección de su derecho a la salud por no recibir respuesta positiva de parte de la misma, podrán canalizar el problema enviando un correo electrónico a uoap@enre.gov.ar. En el texto deberá especificarse el número de identificación (número de cliente para EDESUR; número de cuenta para EDENOR) y, así mismo, adjuntar constancia de inclusión en el RECS y copia de la factura del servicio.

Es de destacar que el Ministerio de Salud de la Nación cuenta también con canales de comunicación para usuarios y usuarias, quienes pueden enviar un correo electrónico a documentacion.recs@gmail.com o contactar al teléfono 5365 8340 interno  2001 –  2002.

Si alguna persona requiere inscribirse en el RECS puede hacerlo ingresando a https://www.argentina.gob.ar/servicio/inscribirme-en-el-registro-de-electrodependientes-por-cuestiones-de-salud

Por último resulta útil recordar los canales electrónicos de las distribuidoras para poder canalizar consultas y reclamos:

https://www.edenor.com/hogares-y-comercios/consultas/electrodependientes

https://www.edesur.com.ar/servicios-al-cliente/electrodependientes/

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