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Liberaron al hombre que ingresó a una casa y dos pitbulls comieron su pierna

Así lo  resolvió un juez de Garantías de San Martín quien liberó al delincuente que ingresó en una casa de Los Polvorines  en Malvinas Argentinas y luego fue atacado por los dos Pitbulls del hogar, quienes le comieron una pierna.

El suceso ocurrió el sábado 1 de junio cuando las noticias hablaban de que un hombre había ingresado a una casa con supuestos fines de robo y luego de saltar las rejas fue atacado por una pareja de Pitbulls, y que por eso perdió su pierna derecha a mordidas. 

El intruso, fue internado e intervenido quirúrgicamente para extirpar los restos de su pierna, luego fue trasladado a una cárcel donde continuó rehabilitandose, pero en el dia de ayer el mismo juez que lo encarceló dictó su «excarcelación extraordinaria», bajo “caución juratoria”.

En este sentido, desde la defensa de la dueña de los perros, integrada por la  oficina de ayuda a la víctima del municipio de Malvinas Argentinas manifestaron que en el dia de ayer presentaron una apelación a la excarcelación, 
«lo grave del caso es que nunca el juez nos notificó de la liberación de esta persona que ya tenía antecedentes penales. Siendo esto grave dado que ha dejado indefensa a la Sra. Víctima junto a sus animales, ya que no se dispuso medida más que la simple caución juratoria (promesa de que se portara bien) de que el imputado no se acerque a la víctima» apuntaron. 

«No es suficiente si no se da aviso a las áreas de seguridad para la protección de la víctima y sus animales, dado que ellos también pueden ser víctimas de represalias, por defender su territorio, su hogar, su familia. También, discutimos la calificación adoptada en la causa, de Hurto Agravado por su Comisión Mediante Escalamiento en Grado de Tentativa (ARTS. 42, 45, 163 INC. 4° DEL C.P.) sin tener presente la violencia sobre los animales que efectuó el delincuente, lleva a que la causa no sea de hurto, sino de robo. Solicitamos el cambio de calificación de los hechos investigados » relataron desde la defensa presidida por Jorge Cancio. 

Por último añadieron «el daño sufrido por los canes (ya sea que se asimile por S.S. el nuevo concepto de“personas no humanas” susceptibles de derechos – fallo de CABA sobre Orangutana Sandra- y/o en la consideración de“cosas”) esta corroborado por el informe de Zoonosis de la Municipalidad de Malvinas Argentinas que se encuentra agregado en autos. Tampoco el Juez impuso medida obligatoria de someterse a tratamiento para el control de adicciones al delincuente, ni su inscripción a programas afines a tal problemática, la cual implica cuestiones de salud, pero sobre todo de PELIGROSIDAD, dado el grado de agresividad que en estado de consumo presentan estas personas, poniendo en clara situación de riesgo a la victima, sus canes y al resto de la sociedad e incluso a sí mismos».

 

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