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ACUMAR tendrá un nuevo régimen de control para las industrias en el Riachuelo

La Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo anunció la actualización de su normativa vinculada a la fiscalización industrial, los procedimientos y figuras legales asociadas. La resolución 12/2019 estará vigente una vez que finalice el nuevo empadronamiento. Simplificará el proceso de control industrial y promoverá el trabajo coordinado con otros organismos de control. Es más exigente y prevé sanciones que pueden superar los 6 millones de pesos.

Tras varios meses de trabajo en coordinación con los demás organismos de control en la Cuenca Matanza Riachuelo y con referentes técnicos especialistas en normativa ambiental, la Autoridad de Cuenca alcanzó una nueva norma que evita superposiciones de autoridades de aplicación y largos tiempos administrativos que dificultaban la gestión de los establecimientos radicados en la Cuenca.

Con la resolución 12/2019, publicada  en el Boletín Oficial, ACUMAR tendrá nuevos procedimientos, definiciones conceptuales y mecanismos de adecuación ambiental que nos permitirán un mejor y mayor control sobre los establecimientos radicados en nuestro territorio.

Además, endurecerá las sanciones para los infractores, con multas que van desde los 5 mil pesos hasta casi 6 millones, y que harán que este nuevo régimen sea más justo y equilibrado teniendo en cuenta parámetros claves como el Nivel de Incidencia Ambiental (un nuevo concepto que le permite a la Autoridad de Cuenta ordenar la real incidencia de los establecimientos sobre el río), la reincidencia, la dimensión del establecimiento y la naturaleza de la infracción. [Incluye la posibilidad del pago en cuotas y destinar el 60% de la multa a mejoras que sean destinadas al cese de la causa de la sanción].

La nueva norma fortalece y clarifica -además- las funciones de nuestros inspectores dándole la posibilidad de imputar infracciones y aplicar clausuras preventivas que deberán ser analizadas y ratificadas por analistas del organismo. Incluye nuevas figuras legales como el cese de actividades y la remediación ambiental (conceptos que no se encontraban en la legislación anterior) permitiendo mantener actualizados las bases de datos de infractores y evitando del deslinde de la responsabilidad de los pasivos ambientales.

Con respecto a los Planes de adecuación, establece tres categorías definidas por su duración -cada una con sus restricciones y especificaciones- además de posibilitar la presentación de planes aprobados por otras autoridades de aplicación, algo que permite llevar un registro pormenorizado de los administrados que lleven adelante estas acciones, reduce tiempos y costos en la gestión.

 

Mapa de Alertas

El nuevo régimen de fiscalización crea un Mapa de Alertas, en el cual los establecimientos deberán informar las modificaciones significativas, las emergencias y los vuelcos discontinuos y periódicos. Este mapa, una vez reglamentado, se visualizará en una plataforma online disponible a toda la población.

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