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Diputada bonaerense propone tratar la «violencia vicaría»

La violencia vicaria es un tipo de violencia familiar, y se manifiesta cuando las acciones se dirigen a los hijos, hijas o hijes, en un ámbito familiar. Se establece cuando el agresor pretende dañar, tanto directa o indirectamente, a la pareja del agresor. 

 

En diálogo con Radio Provincia, la diputada nacional por el Frente de Todxs, Mónica Macha, explicó que la denominación y el registro de este tipo de violencia «hasta el momento no estaba incorporada en la Ley N° 26.485».

«Es un concepto bastante nuevo que construye una psicóloga argentina Sonia Vaccaro, en el 2012 le pone nombre y establece una tipología que nos permite identificar una violencia cotidiana que padecen muchas mujeres y que es importante nombrarla para poder prevenirla y sancionar cuando ocurre» expresó Macha.

 

Entonces, “las situaciones más extremas son cuando esa persona violenta toma la definición de matar a su hije, a veces propio o de su ex pareja, también el abuso sexual en las infancias o adolescencia».

 

Sobre las estadísticas del impacto de la violencia vicaria en Argentina, la diputada aseveró que “recién estamos empezando a ubicarla, situarla. Más allá de la política pública, cuando vas a trabajar con las madres protectoras, o mujeres que están padeciendo esta violencia, hoy tenemos un nombrarlo, pero son situaciones que se siguen padeciendo hace mucho tiempo”.

 

«Los deudores de la cuota alimentaria, dentro de la violencia vicaria, es violencia económica. Es la posibilidad de poder contar con un concepto, que ordena la lectura de la situación y la intervención frente a este tipo de violencia».

 

Por su parte, en cuanto al trabajo previo, enfatizó: «Vengo trabajando con las “Madres Protectoras” que están en distintos procesos judiciales defendiendo a sus hijes de progenitores abusadores y ahí empezamos a articular con el concepto de violencia vicaria, con las personas que vienen trabajando con este concepto, que en general vienen del ámbito de la Salud mental, y cómo ponerlo a jugar en esa red de concepto que tenemos vinculado a la violencia por motivos de género y cómo tiene consecuencias en la intervención”.

 

Porque si una mujer denuncia a su pareja por violencia, «hasta ahora en muchas situaciones, se separaba la situación de esa persona en relación a su pareja, de la relación que tenía con sus hijes”. Porque, de alguna manera, “estaba en el imaginario que un tipo podía ser violento con su pareja, pero buen padre».

 

Por último, sobre el proyecto de ley Belén y el proyecto de ley Olimpia dijo que “la violencia digital es otro tipo de violencia que estamos incorporando a la Ley N° 26.485 (…) que es una violencia que ha ido tomando forma en estos tiempos, que cuando se sancionó la Ley N° 26.485, allá por el 2009, no era un problema, pero hoy sí, es una violencia que tiene un despliegue muy enorme en relación al uso de las redes sociales”.

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