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Buenos Aires

El Gobierno bonaerense imputó a una empresa por publicidad «sexista y engañosa»

El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires imputó a la empresa Industrias Iberia S.A.I.C., comercialmente conocida como “Tienda Hogar Iberia”, por presuntas infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor en las publicidades para la venta de trapeadores y limpiadores de piso.

La Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios bonaerense detectó «posibles prácticas abusivas, falta al deber de información y publicidad engañosa y discriminatoria hacia las mujeres, en la campaña de promoción para la marca “Iberia Pronto”.

Las autoridades provinciales consideraron, tanto en el portal web de la empresa como en los anuncios por del Día de la Madre, que los trapeadores de piso fueron promocionados mediante publicidad sexista y abusiva, ya que «reproduce estereotipos femeninos, como una ama de casa cosificada y presentada como objeto sexual» especificaron.

Desde la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios bonaerense destacaron que la medida surge «en el contexto de distintas políticas y normativas para erradicar las prácticas sexistas». Por ejemplo, la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, que en su apartado 5 precisa que se deberán tomar «todas las medidas apropiadas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres”. 

Por otro lado, la empresa también fue imputada por publicidad engañosa, «debido a sus limpiadores para pisos, que en sus envases indican textualmente “elimina coronavirus”, aunque luego aclara que sólo elimina el 99% de hongos, bacterias y virus, lo que implicaría un riesgo de que el producto no cumpla con el resultado anunciado. Ni en el envase ni en la web hay más especificaciones técnicas, lo que podría inducir al error y generar confusión en las y los consumidores, en el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia de Covid-19» puntualizaron.

Según el Código Civil y Comercial de la Nación, se encuentra prohibida toda publicidad que «contenga indicaciones falsas o que puedan inducir a error al consumidor, cuando recaigan sobre elementos esenciales del producto o servicio». 

La compañía fue notificada y posee 5 días hábiles e improrrogables para presentar su descargo.

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