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Buenos Aires

Procuración bonaerense ordenó evaluar la utilización de medios digitales para prevenir el Coronavirus

La Procuración de la Suprema Corte de Justicia bonaerense ordenó hoy a sus agentes que en el caso de tener previsto reuniones o audiencias con personas que no pertenecen al Poder Judicial provincial «indaguen si esos contactos presentan algún factor de riesgo de coronavirus» y que utilicen las herramientas digitales para evitar la presencia física.

A través de una resolución que lleva la firma del procurador, Julio Conte Grand, se ordenó que «se promueva la utilización de las herramientas digitales disponibles o, en caso de no ser posible, se propicie la suspensión del respectivo acto hasta nuevo aviso, salvo que por su naturaleza o por imperativo legal no pueda postergarse».

La medida establece que en el caso de que no pueda postergarse «se deberán adoptar las medidas de seguridad disponibles para que se lleve a cabo con el mínimo riesgo para todos los agentes involucrados».

La recomendación se efectuó para los agentes del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires que tengan previsto o deban asistir a reuniones, entrevistas, audiencias u otras convocatorias o actos procesales de carácter público o privado que impliquen interacción con personas que no pertenecen al Poder Judicial de la Provincia.

Ayer, la Suprema Corte de Justicia bonaerense dispuso que el personal judicial que retorne de una viaje al exterior, realizado a países en los que se detectaron casos de coronavirus, deberá tomarse una licencia médica.

Así lo resolvió el máximo tribunal provincial mediante una resolución en la que adhirió al decreto del Poder Ejecutivo provincial que tomó la misma decisión para los empleados de la administración pública que retornen del exterior.

La Corte bonaerense dispuso «otorgar una licencia de carácter excepcional a todo agente, funcionario y magistrado que ingrese a la República Argentina desde los países con casos confirmados de Covid-19».

También estableció que durante el período de licencia otorgado, en la medida de que no existan manifestaciones de la enfermedad y fuera posible por las funciones que desempeñen, los funcionarios y magistrados alcanzados por la misma «deberán prestar servicios desde sus domicilios utilizando la tecnología apropiada». 

Fuente: Télam

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