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Comienza a regir en todo el país la licencia digital para los conductores profesionales

El Ministerio de Transporte de la Nación presentó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), una credencial 100% digital que incorpora nuevas tecnologías y eleva los estándares de seguridad; los choferes podrán portarla en el teléfono celular.

Los conductores que transportan pasajeros y cargas a través de las jurisdicciones del territorio nacional necesitan una licencia especial que hasta ahora era la Licencia Nacional Habilitante (LNH).

A partir del 21 marzo entra en vigencia la LiNTI, una documentación digital, que representa el comienzo de un proceso realizado en conjunto entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), con el objetivo de crear profesionales de la conducción y reducir los índices de siniestralidad.

Esta nueva credencial es ciento por ciento digital y posee mayores validaciones de seguridad. Esto facilita a los choferes los trámites para obtenerla, agiliza las formas de pago y eleva los criterios de formación y evaluación.

La licencia es un privilegio que habilita a los conductores a ejercer responsablemente su tarea con el fin de contribuir a la reducción de la tasa de siniestralidad en el país. Por eso, queremos garantizarles a los ciudadanos que los conductores profesionales cuenten con la formación y experiencia necesaria para circular por las rutas del país. Este es un proceso que comenzó en 2016 y hoy estamos consolidando con esta nueva licencia”, aseguró Carlos Pérez, Director Ejecutivo de la ANSV.

Los choferes podrán descargar o portar la LiNTI en el celular. Tendrá un diseño simple y claro para facilitar su lectura, y contará con un código QR para una fiscalización más rápida por parte de los agentes de la CNRT. A su vez, brindará mayor transparencia para constatar la validez de la licencia y evitará falsificaciones.

Para obtener la nueva credencial, los conductores deberán ser mayores de 21 años, saber leer y escribir en el idioma nacional y tener licencia de conducir acorde al vehículo con el que se desarrollará el transporte interjurisdiccional. Quienes tengan la actual LNH, mantendrán su habilitación bajo la nueva denominación LiNTI, siempre que posean el psicofísico y capacitación vigentes. Cabe remarcar que a partir del 1° de octubre de 2019 será requisito obligatorio contar con la Licencia Nacional de Conducir.

Los conductores que deben tener esta licencia son los que corresponden a las categorías B, C, D y E de la Licencia Nacional de Conducir. Quienes no cuenten con la LNH y realicen el trámite por primera vez, deberán acreditar el nivel de educación primario obligatorio.

Los interesados en obtener la credencial digital deberán iniciar el trámite desde la web (https://linti.seguridadvial.gob.ar/) y seleccionar la categoría que desean obtener. Ahora podrán abonar una única boleta en múltiples bocas de cobro con gran amplitud horaria.

De este modo, los choferes ya no tendrán que abonar en numerosas instancias de pago las capacitaciones y evaluaciones médicas.

Los conductores contarán con mayor oferta de centros de salud donde poder realizarse el examen psicofísico obligatorio y tendrán a disposición diversas juntas médicas en varios puntos del país. Una vez obtenida la evaluación psicofísica, la misma estará disponible digitalmente y será válida para todas las categorías.

También, se irán incorporando nuevas capacitaciones para todas las categorías que se podrán realizar de manera virtual en algunos casos, y posteriormente ver los resultados de modo online.

Las validaciones de seguridad a la hora de realizar el trámite son: tener registrados los datos personales en el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y no tener antecedentes de tránsito inhabilitantes con respecto a los datos suministrados por el Sistema Nacional de Infracciones de Tránsito (SINAT).

Además, quienes vayan a realizar transporte de pasajeros deberán poseer el código de solicitud y de seguridad del Certificado de Antecedentes Penales que otorga el Registro Nacional de Reincidencia (RNR).

La autoridad de aplicación será la ANSV y la fiscalización seguirá a cargo de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT).

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