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Buenos Aires

Abogados buscan incorporar el matrimonio igualitario y las uniones de hecho al régimen previsional

Las uniones convivenciales y los matrimonios igualitarios serán incorporados al régimen previsional de los abogados de la provincia de Buenos Aires para extender y ampliar los beneficios de las parejas de estos profesionales. Así lo establece la nueva Ley de Régimen Previsional para los Abogados de la Provincia que elaboró la conducción de la Caja de Abogados de la provincia y que ingresará próximamente a la Legislatura provincial.

La nueva normativa impactará en los más de 60 mil profesionales activos que actualmente ejercen la profesión y que tributan a esa entidad previsional. La Caja de Abogados de la Provincia tiene 7000 beneficiarios, entre jubilados y pensionados.

Pero, el sistema regido por la Ley Previsional de los abogados bonaerenses abarca un universo de casi 300 mil personas si se tiene en cuenta al titular del beneficio previsional (jubilado o pensionado), más sus familiares a cargo y los beneficiarios del sistema de salud, que también se rige por la normativa que se pretende actualizar y que está bajo la jurisdicción de la Caja de Abogados.

«Promovemos una norma que se adapte a los lineamientos del nuevo Código Civil que entró en vigencia en nuestro país y al mismo tiempo buscamos que nuestros profesionales puedan acceder a los nuevos derechos contemplados en ese plexo normativo», dijo el presidente de la Caja, Daniel Burke.

El actual régimen de jubilaciones y pensiones para los matriculados fue sancionado en el año 1962, y tuvo una actualización en 1995. «Por eso, corresponde una actualización normativa, a la luz de los nuevos institutos jurídicos imperantes», aclaró Burke.

La iniciativa elaborada por las autoridades y los especialistas de la Caja contempla el Matrimonio Igualitario, equiparando en todos sus beneficios a los cónyuges, sin distinción alguna de sexo de los mismos.

Para eso, los técnicos que elaboraron el marco normativo erradicaron del proyecto toda cuestión de género y esto hace que el cónyuge, por esa sola condición, pueda acceder a los beneficios.

También se agregan las Uniones Convivenciales, como derecho fundante del deber previsional. Esa figura dentro del ámbito civil equipara muchos derechos con respecto al matrimonio, pero con relación al Derecho Previsional su recepción debe ser mucho más amplia, y así queda establecido en el proyecto.

Así, cuando entre en vigencia la nueva ley, quienes tengan una unión convivencial se inscribirán como tales en el Registro Civil y luego van a la Caja a hacer el trámite correspondiente para acceder a una pensión.

Otra modificación que incluyó la propuesta elaborada por la Caja: se elimina de todo su articulado, la responsabilidad o culpabilidad de los cónyuges frente a un divorcio, en concordancia a lo actualmente determinado por el Código Civil y Comercial, por lo que se mantiene la vocación de pensión, eliminada esta causal.

Además, se recepta el nuevo precepto en virtud del cual la mayoría de edad se adquiere a los 18 años,  no obstante, el derecho de pensión se extiende con carácter alimentario de los menores hasta los 21 años y con proyección hasta los 25 años, si el mismo está abocado a sus estudios hasta completarlos.

El proyecto incorpora los nuevos conceptos tecnológicos de prueba y firma digital que ahora se encuentran en los artículos 284/288 del Código Civil y Comercial, orientado a la digitalización de los trámites previsionales.

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