16.2 C
Buenos Aires

Almirante Brown: Se reglamentó las habilitaciones para el funcionamiento de espacios culturales

El intendente Mariano Cascallares reglamentó la ordenanza 10.428 que establece un régimen de habilitaciones para el funcionamiento de espacios culturales que presten servicios de carácter público y que desarrollen sus actividades dentro del partido de Almirante Brown.

La presentación del decreto se realizó durante un acto en la Casa de la Cultura de Adrogué con la presencia los centros culturales: Puerto Cultura; Fundación Soldi; Derrumble; El Refugio; Mil Flores; Patria al Hombro; El Sucucho Popular; El Gaucho; Germán Oesterheld; Al Borde; La Casa de Claypole; Bijou; Arte en Movimiento; Homero Manzi; La Fer y La Volanta.

La normativa crea una figura legal  que no existía hasta el momento y que ahora reconoce específicamente las actividades desarrolladas por los espacios culturales, entendiendo que “el Estado es el responsable de garantizar la seguridad de los ciudadanos que concurren a los eventos organizados en los distintos espacios culturales”, reconociendo además que los “espacios culturales desempeñan una función social como centros de trabajo y formación profesional de los artistas locales … por lo que es necesario un marco legal que reconozca los espacios culturales y su funcionamiento bajo normas de seguridad contemplando sus particularidades”.

La referida ordenanza define la actividad específica de los espacios culturales con talleres, cursos, presentaciones de espectáculos exhibiciones y actividades solidarias, estableciendo normas de infraestructura adecuada para aquellos que contemplen la asistencia de público y clasificándolos de acuerdo a la capacidad del lugar entre 50, 100 y 200 personas.

Entre los requisitos para las salas – según cada categoría- se destacan la contratación de seguros para terceros, la habilitación de salidas de emergencia, planes de evacuación y accesibilidad para personas con dificultades motrices y matafuegos en lugares estratégicos.

Finalmente fija como compatibles los “usos accesorios” de los espacios en la venta de libros, discos o galerías de arte, incluyendo la posibilidad del funcionamiento de un café o bar en el lugar, siempre y cuando estén relacionados con la actividad principal que es la difusión cultural.

ARTÍCULOS RELACIONADOS

COMENTARIOS

ÚLTIMAS NOTICIAS

San Isidro: Se abrió la temporada de pileta para los adultos mayores en Puerto Libre

Para festejar el inicio de las actividades de verano, los adultos mayores de San Isidro que asisten a Puerto Libre disfrutaron de un día con sus familias...

Almirante Brown: Comenzó una nueva edición del festival por el día de las personas con discapacidad

El Municipio de Almirante Brown está llevando adelante desde el viernes 1°, sábado 2 y domingo 3 de diciembre el VIII Festival por el...

Merlo: Se encuentran abiertas las inscripciones para las Colonias de Verano 2024

Desde el Municipio comunicaron que se encuentran abiertas las inscripciones a las colonias de verano gratuitas 2024 de Infantiles, Adultos Mayores y de personas...

Vicente López: Capacitación gratuita para los emprendedores de la ciudad

El próximo miércoles 6 de diciembre, de 17 a 19 horas en el Centro Universitario Vicente López (Carlos Villate 4480, Munro), se llevará a...

¡SEGUINOS!

This site is protected by wp-copyrightpro.com