Cuatro agentes penitenciarios que se desempeñan en el Complejo Federal N°1 de Ezeiza irán a juicio oral acusados de torturar a un hombre detenido, a quien le aplicaron golpes en todo el cuerpo y, en particular, se ensañaron con sus oídos hasta hacerlo sangrar y perforarle un tímpano.
La elevación a juicio fue resuelta por el juez federal subrogante de Lomas de Zamora, Federico Hernán Villena, al rechazar la pretensión de los imputados de que se anule el requerimiento de elevación a juicio formulado por el fiscal federal Sergio Mola, el fiscal general a cargo de la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), Miguel Palazzani, y el fiscal ad hoc de este organismo, Claudio Pandolfi.
Los hechos, que llegarán a juicio en uno de los dos tribunales orales en lo criminal federal de La Plata, sucedieron en la mañana del 15 de diciembre de 2009 en el pabellón H del Módulo de Ingreso del Complejo Federal N°1.
De acuerdo con la acusación fiscal, miembros del denominado grupo de requisa acusaron a la víctima de tener una «pelota» de nylon con una «picadura de marihuana» escondida en el colchón.
«Al menos cuatro agentes penitenciarios, lo llamaron aparte, y comenzaron a propinarle una golpiza con palos y golpes de puño en la espalda, pecho y tobillos. Además lo golpearon con la mano abierta en los oídos, lo que le provocó el sangrado de estos», indicaron los fiscales, y describieron que durante la golpiza el detenido «se encontraba de espaldas y esposado».
El caso, resaltó la Fiscalía, pudo dilucidarse gracias a la rápida actuación de la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). Ese mismo día la víctima fue vista por funcionarios del organismo, que dejaron constancia del sangrado de los oídos, y, al día siguiente, un médico de la misma PPN constató lesiones en la conjuntiva, en el párpado derecho, en la espalda, en las costillas, en la zona del riñón izquierdo y en las piernas. También determinó la pérdida de audición en el oído derecho y, con la intervención posterior de otros especialistas en otorrinolaringología, se diagnosticó la perforación del tímpano de aquél oído.
Los cuatro penitenciarios imputados fueron individualizados con la información documental proporcionada por el penal y también por el reconocimiento de ellos que efectuó la víctima. Los fiscales, incluso, ponderaron que en sus declaraciones indagatorias los agentes dijeron en un primer momento que no recordaban el hecho y que, tras ser confrontados con el acta de la requisa sobre el secuestro del material estupefaciente, «recordaron que el interno no tenía lesiones, siendo que [en ese momento] ni siquiera se desprende que lo haya visto médico alguno y mucho menos que no presente lesiones, en virtud que no se dejó constancia de ello en las actuaciones, ni se labró certificado médico que obre en el expediente administrativo».
Los cuatro penitenciarios llegaron a esta instancia imputados por apremios ilegales. Pero al formular el requerimiento de elevación a juicio, la Fiscalía encuadró los hechos como tortura, en los términos de los incisos 1° y 3° del artículo 144 ter del Código Penal, e imputó a los acusados en calidad de coautores.
Para esa imputación los fiscales tuvieron en cuenta los tratados internacionales y la jurisprudencia del sistema regional de protección de los derechos humanos, que «coinciden en calificar la práctica de aplicar en la víctima golpes con las manos abiertas sobre los oídos como ‘practicas de tortura'». Citaron, al respecto, el caso Fleury y otros vs. Haití y Bueno Alves vs. Argentina. En este último, el Estado Argentino reconoció expresamente en 2007 que esa modalidad de aplicar golpes es tortura